Se suspende el “Bonus”

Cuando: 17-01-2020
Categoría: Altres

El llamado “Bonus”, es un sistema de incentivos dirigidos a conseguir mejorar la prevención de riesgos laborales.

El sistema es que la Seguridad Social bonifica a aquellas empresas que hayan disminuido considerablemente la siniestralidad laboral y cumplan los principios de prevención establecidos en la Ley 31/1995 de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, entre ellos, por supuesto, que los trabajadores hayan realizado un Curso de Prevención de riesgos laborales, y que además reúnan una serie de requisitos.

El actual “Bonus” se estableció por el Real Decreto 231/2017, de 10 de marzo, por el que se regula el establecimiento de un sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan disminuido de manera considerable la siniestralidad laboral-

Con el siguiente texto “Se suspende la aplicación del sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan disminuido de manera considerable la siniestralidad laboral, previsto en el Real Decreto 231/2017, de 10 de marzo, para las cotizaciones que se generen durante el año 2020” se recoge en el -Real Decreto-ley 18/2019, de 27 de diciembre, por el que se adoptan determinadas medidas en materia tributaria, catastral y de seguridad social- la continuidad de la suspensión que ya rigió para el año anterior.

No está derogado el sistema, ya que sigue vigente el Real Decreto 231/2017, pero en suspenso. 

También sigue vigente la Orden ESS/256/2018, de 12 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 231/2017, de 10 de marzo, por el que se regula el establecimiento de un sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan disminuido de manera considerable la siniestralidad laboral.

Por tanto:

  • BONUS 2019 a presentar en 2020, se suspendió por la Disposición adicional tercera del Real Decreto-ley 28/2018.
  • BONUS 2020 a presentar en 2021, se ha suspendido por la Disposición octava del Artículo 7, Medidas en materia de Seguridad Social, del Real Decreto-ley 18/2019.

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