Enviado por semic el Mié, 10/05/2016 - 10:38
  • Medicina del trabajo (Vigilancia de la salud)
    La vigilancia de la salud engloba una serie de actividades, referidas tanto a individuos como a colectivos y sus objetivos son la identificación de problemas de salud y la evaluación de intervenciones preventivas en los puestos de trabajo.

    La vigilancia a la salud que le ofrece sp|activa se caracteriza por ser: 
  1. Individual y colectiva.
    Con el fin de prevenir y detectar no solo daños individuales, sino también colectivos, con el tratamiento epidemiológico de los datos obtenidos.
     
  2. Garantizada por el empresario y restringiendo el alcance de la misma a los riesgos inherentes al trabajo.
     
  3. Específica en función de los riesgos laborales identificados.
     
  4. Voluntaria para el/la trabajador/a, a no ser que exista alguna de las siguientes circunstancias:
    • La existencia de una disposición legal en relación a la protección de riesgos específicos y actividad de especial peligrosidad.
    • Que los reconocimientos sean indispensables para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud de los/las trabajadores/as.
    • Que el estado de salud del trabajador/a pueda constituir un peligro para él mismo o para terceros.
       
  5. Confidencial, dado que el acceso a la información médica derivada de la vigilancia de la salud de cada trabajador/a se restringirá únicamente a su persona, a los servicios médicos responsables de su salud y a la autoridad sanitaria.
     
  6. Ética con el objetivo de asegurar una práctica profesional coherente con los principios del respeto a la intimidad, a la dignidad y la no discriminación laboral por motivos de salud.
     
  7. Prolongada en el tiempo, cuando sea pertinente, más allá de la finalización de la relación laboral, ocupándose el Sistema Nacional de Salud de los reconocimientos post ocupacionales.
     
  8. Contenido ajustado a las características definidas en la normativa aplicable. Para los riesgos que no hayan sido objeto de reglamentación específica, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales no especifica ni define las medidas o instrumentos de vigilancia de la salud, pero sí establece una preferencia por aquellas que causen las menores molestias al trabajador/a, encomendando a la Administración Sanitaria el establecimiento de las pautas y protocolos de actuación en esta materia.

 

Actividades médicas

En sp|activa nos encargamos de la vigilancia de la salud del conjunto de trabajadores y trabajadoras de acuerdo con el riesgo inherente del puesto de trabajo, con criterios epidemiológicos, para investigar y analizar las posibles relaciones entre la exposición a los riesgos profesionales y los perjuicios para la salud y proponer las medidas preventivas adecuadas.
Para ello efectuamos una serie de actividades:

  • PLANIFICACIÓN ANUAL DE ACTIVIDADES
    Programación anual de actividades.
    Elaboración de un documento que contempla las actuaciones a realizar relativas a la vigilancia de la salud durante el año en curso, en el que se puede adjuntar la descripción de los protocolos médicos de actuación (protocolos médicos a aplicar según evaluación de riesgos del puesto de trabajo) y pruebas que se realizan en función de cada puesto de trabajo.
  • RECONOCIMIENTOS MÉDICOS
    Evaluación de la salud de los trabajadores y trabajadoras mediante RECONOCIMIENTOS MÉDICOS en función de los riesgos específicos de su puesto de trabajo:
     
      • Reconocimientos médicos iniciales de salud.

        Tras la contratación y antes de la incorporación al trabajo.

        Para la realización del reconocimiento médico utiliza un protocolo inicial de salud y se incluyen los protocolos médicos específicos correspondientes a la actividad del personal, basados en la evaluación de riesgos.

        El reconocimiento médico incluye:

        • Historia Clínica. Anamnesis.
        • Exploración física básica (inspección general, auscultación cardiorrespiratoria, exploración abdominal).
        • Exploración física específica por riesgo. En función del agente de riesgo laboral pueden realizarse:
          • Otorrinolaringológica
          • Dermatológica
          • Cardiorespiratoria
          • Cardiovascular
          • Abdominal
          • Musculoesquelética
          • Óculo-visual
          • Neurológica
          • Vascular
        • Exploración instrumental básica
          • Biometría peso / talla
          • Índice de masa corporal
          • Tensión arterial (TAS-TAD)
          • Control de visión (agudeza visual cerca-lejos, cromatòpsia)
          • Otoscopia
          • Electrocardiograma
        • Exploración instrumental específica por riesgo. En función del agente de riesgo laboral pueden realizarse:
          • Control de visión (estereopsis, astigmatismo)
          • Audiometría tonal liminal
          • Espirometría basal
          • Rinoscopia
        • Exploraciones analíticas:
          • Exploración Analítica: Anamnesis dirigida a determinar patologías hemáticas y bioquímicas.
          • Analítica básica
            • Sangre: Hemograma completo (recuento y fórmula) y bioquímica básica (glucosa, colesterol total, HDL colesterol, LDL colesterol, VLDL colesterol, triglicéridos, creatinina, ácido úrico, GOT, GPT   y GGT).
            • Orina: leucocitos, nitritos, hematíes, Urobilinógeno, proteínas, pH, densidad, cuerpos cetónicos, bilirrubina, glucosa y sedimento de orina.
               
    • Reconocimientos médicos periódicos de salud.
      De acuerdo con la periodicidad determinada en el examen de salud inicial, según los riesgos del puesto de trabajo.
      Para trabajar con determinados productos o en determinadas condiciones reguladas por una legislación específica que así lo exija, la periodicidad no tiene porqué ajustarse a intervalos regulares; cada caso se determina en los protocolos específicos, teniendo en cuenta también la historia natural de la enfermedad y de las condiciones de exposición.
       
    • Reconocimientos médicos después de una ausencia prolongada.
      Cuando la empresa nos comunica que el/la trabajador/a ha estado ausente de su puesto de trabajo por motivos de salud por un largo período.
       
    • Reconocimientos médicos para cambio de riesgos o de puesto de trabajo.
      Cuando la empresa nos comunica que el/la trabajador/a ha sido cambiado de su puesto de trabajo o bien las condiciones o los riesgos de su puesto de trabajo habitual han tenido variaciones que lo hagan necesario.
       
    • Reconocimientos médicos especiales (personal especialmente sensible, menores, trabajadoras embarazadas y en periodo de lactancia, personal con discapacidad).
      Personal especialmente sensible es el que por sus características personales presenta mayor vulnerabilidad frente a uno o varios riesgos.
       
  • INFORMES DE SALUD
    Elaboración y registro de informes correspondientes a la vigilancia de la salud:
    • Informe médico laboral personalizado incluyendo las recomendaciones de acuerdo con los resultados.
    • Informe de resultados y conclusiones.
    • Informe de aptitud laboral.
    • Control de resultados con criterios epidemiológicos.
    • Estudios epidemiológicos y de morbilidad.
       
  • VALORACIÓN TRABAJADORES Y TRABAJADORAS ESPECIALMENTE SENSIBLES
    Valoración de riesgos para la salud a trabajadores y trabajadoras especialmente sensibles a determinados riesgos, embarazo o parto reciente.
     
  • INVESTIGACIÓN DE ENFERMEDADES PROFESIONALES
    Asesoramiento en la notificación, análisis e investigación de las enfermedades profesionales.
    Colaboración con el departamento técnico en la investigación de enfermedades profesionales.
    El funcionamiento de un servicio de prevención es multidisciplinar y eso hace que haya una estrecha relación entre el trabajo del área médica y el de la técnica, siempre cumpliendo con las obligaciones referentes a protección de datos individuales de las personas.
     
  • CAMPAÑAS SANITARIAS
    Campañas de promoción de la salud y vacunación.
    Colaboración en las campañas de promoción de la salud de acuerdo a las necesidades de los diferentes colectivos.
     
  • DOCUMENTACIÓN PARA AUTORIDAD LABORAL
    Elaboración y conservación de la documentación correspondiente a disposición de la autoridad laboral.
     
  • MEMORIA ANUAL
    Elaboración de la Memoria anual de Vigilancia de la Salud de sp|activa.
    Elaboración del informe de conclusiones de control de los resultados con criterios epidemiológicos de las actividades practicadas en la empresa durante el año.

Tipo perfil:

Posició: 
2

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