Emergencias

¿En qué consiste?

El artículo 20 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales, establece que el empresario debe analizar las posibles situaciones de emergencia y adoptar las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores, así como la obligación empresarial de designar, a tal fin, personal encargado de poner en práctica estas medidas y comprobar periódicamente su correcto funcionamiento.

El RD 393/2007 en el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección, concreta que los titulares de ciertas actividades están obligados a organizar de manera específica recursos materiales y humanos para responder eficazmente situaciones de emergencia, y en este sentido están obligados implementar un Plan de Autoprotección (PAU).

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